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El Porvenir y San Martín, eliminados del Regional

El fallo del Consejo Federal de la AFA.

Este martes se dio a conocer el fallo del encuentro que debían jugar el sábado El Porvenir y Atlético Club San Martín, por la ida de la Segunda Ronda del Regional Federal Amateur 2021/22, y que fuera suspendido por incidentes entre allegados del Chacarero.

El Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior consideró que El Porvenir no cumplió con su deber, como organizador del partido, de contratar policías (sino Seguridad Privada), y el Chacarero tuvo responsabilidad en la suspensión, al ser sus simpatizantes los que provocaron la suspensión del partido.

  1. Sancionar con la pérdida del partido a ambos equipos, club Sportivo El Porvenir de San Rafael y el Atlético Club San Martín de Mendoza, y con ello determinar la pérdida de la llave eliminatoria para las citadas instituciones, sin que sea de aplicación en este caso lo normado por el art. 152 del R.T.P. sobre la registración de resultados, atento a quedar eliminados de la clasificación (Arts. 32, 33, 80 y 287 in 1º del R.T.P., y Arts. 62 y 75-2-d del Reglamento del Torneo Regional Federal Amateur 2021/22).

  2. Sancionar con multa al club Sportivo El Porvenir de San Rafael y el Atlético Club San Martín de Mendoza, de 100 entradas generales por tres fechas (Arts. 32, 33, 80 y 287 inc. 1º del R.T.P.).

Así las cosas, el ganador de la serie Ferro Carril Oeste (General Alvear) – Gutiérrez Sport Club clasificará a la Cuarta Ronda sin jugar la Tercera.

El expediente N° 4567/21, publicado por Ascenso del Interior, indica lo siguiente:

EXPEDIENTE N°4567/21 – TORNEO REG. FED. AMATEUR 2021/22

Partido 18/12/21: Club Sportivo El Porvenir (San Rafael) vs Atlético Club San Martín (Mendoza).

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 21 de Diciembre de 2021.

VISTO:

El presente expediente iniciado en virtud del informe presentado por el Sr. Jorge Rodrigo Cabrera Magallanes, árbitro del encuentro que debían disputar en el estadio de Huracán de San Rafael -Mendoza-, en fecha 18 de diciembre del presente año, entre club Sportivo El Porvenir de San Rafael y el Atlético Club San Martín de Mendoza, correspondiente a la segunda fase del Torneo Regional Federal Amateur 2021/22, mediante el cual nos hace saber que: “…comenzando las 16.25 hs del día 18 de diciembre del 2021 en el club Huracán de San Rafael, donde preside de local el Club Sportivo El Porvenir. Del lado correspondiente al club visitante en este caso el Club Atlético San Martín de Mendoza entre los propios simpatizantes del mismo club comienzan los disturbios con una balacera y múltiples disparos de armas de fuego dejando como saldo varios heridos por los mismos, una vez llegada la policía al lugar y logrando dispersar la situación, con detenidos de por medio se registró en la requisa correspondientes diversas armas de fuego de varios calibres, municiones, armas blancas de varios tamaños y tipos. Posteriormente registradas las traffics donde se movilizaban los dichosos arrojando salgo positivo nuevamente de lo anterior mencionado (armas blancas, armas de fuego, municiones). Informado por el comisario inspector Miguel Sánchez DNI: 20677223., el ayudante fiscal de turno Facundo Montenegro y el jefe de seguridad privada Pablo Quiroga, DNI: 27174586 cursando las 18:30 hs me informa el mismo que no me podía otorgar las garantías correspondientes para poder iniciar el encuentro designado dado todo lo requisado y que no se había podido apresar al 100% de la totalidad de los simpatizantes del Club San Martín de Mendoza que habían realizados los disturbios expresados ni permitiendo así que los jugadores puedan arribar al estadio ya que se encontraban dispersos en las inmediaciones externas del estadio, sin más que agregar se procede a la suspensión del encuentro por no tener las garantías tanto como del jefe de seguridad privada, del comisario inspector Miguel Sánchez, el ayudante fiscal Facundo Montenegro, determinando de alto riesgo por ellos mismos la realización del partido tanto como para cuerpo arbitral, jugadores,

dirigentes, periodistas, simpatizantes locales o cualquier persona presente en el estadio, queda en carácter de encuentro SUSPENDIDO…” (SIC).

CONSIDERANDO:

Que el Tribunal procedió a dar traslado del referido informe, a las Ligas de Fútbol Sanrafaelina y Mendocina, a fin de que se les corriera vista a sus clubes afiliados, para que efectúen descargos de conformidad con lo que establece el art. 7 del R.T.P., ejerciendo sus derechos constitucionales de defensa.

Se recibe descargo elevado por los Sres. Pedro Jalif y Gastón Daniel Ureta, invocando el carácter de Secretario y Presidente respectivamente del Club Sportivo El Porvenir, en el cual expresan que “…en común acuerdo entre las dirigencias de los clubes implicados en el encuentro se permitió el acceso de allegados (55) en igual condición tanto para los partidos correspondientes de ida y vuelta. Momentos antes del inicio del partido, y ante la gran cantidad de público agolpado en el portón Norte del sector norte del Club Huracán de San Rafael, al notar esta situación desde el Club Sportivo El Porvenir, en su condición de local y anfitrión, decide intervenir y buscar una solución para el desarrollo del encuentro imposibilitando el ingreso al estadio. En esos momentos, arriba otra facción del club visitante y como consecuencia de eso comienza el enfrentamiento entre las mismas, y los hechos de violencia de conocimiento público, (los cuales son registrados en el material periodístico adjuntado) al presente testimonio. Producto de estos lamentables hechos y ante la peligrosidad del momento, el árbitro del partido, y en común acuerdo con el comisario Policial y la fiscal de turno, deciden dar por suspendido el partido…”.

Finalizan la presentación diciendo que “…Ante esta situación y con el respeto que se merece este Tribunal, desde el Club Sportivo El Porvenir, solicitamos se aplique el articulo 75 y las sanciones correspondientes a los hechos…”.

Por su parte, se recibe descargo elevado por los Sres. Mauricio Bartolomé y Gabriel Mostaccio, en el carácter de secretario y presidente de San Martín, quienes manifiestan que “…en la semana previa al encuentro, nos enteramos por los diarios que el partido se jugaba con publico visitante y a nosotros nadie nos había contactado, ni los dirigentes de El Porvenir, ni la policía, a los efectos de la organización del partido, cosa que nos pareció extraño, pero como no es nuestra responsabilidad la organización del encuentro, sino del club local, no hicimos nada más que organizar nuestro viaje y el traslado de nuestros dirigentes. También entre semana nos enteramos que los partidos en San Rafael se jugaban con seguridad privada, sin policía, ante lo cual nos comunicamos con el Sr. Pérez Gassul, Delegado del Consejo Federal de Fútbol de Cuyo, que vive en San Rafael, ya que es el presidente de la Liga Sanrafaelina, y nos informó que no contratan en San Rafael policías, porque no le daban los números, y se jugaba con seguridad privada dentro del estadio solamente. Y nos informó que el partido se jugaba a las 18 hs del día 18-12-2021, con público visitante, en cancha de Huracán de San Rafael, y con el ingreso de 20 dirigentes de nuestro club a la platea del estadio. Esta es toda la comunicación que existió por parte nuestra con respecto a este partido…”.

Continúan sus relatos diciendo que “…este sábado llegando a San Rafael, 2 horas antes del partido, nos informan que había habido un cruce entre hinchas nuestros en las afueras del estadio, en un descampado al norte del mismo y que la policía que estaba haciendo una ronda por el lugar desbarato rápidamente, y que como consecuencia del mismo había un herido de arma de fuego, sin riesgo y al cual se le dio de alta inmediatamente. Ante esta situación la policía Distrital se acercó al lugar, unos 300 metros de la entrada principal de la cancha, en eI sector norte del estadio, en un parque despoblado, y procedió a detener a los hinchas y requiso una Trafic que se encontraba en el lugar, en donde se encontraron armas blancas, hierros y palos, deteniendo a estas personas y con la actuación del Fiscal de Turno y con la liberación inmediata de los mismos. Esto sucedió como a las 16 hs aproximadamente, dos horas antes del inicio del partido. Mientras tanto los dirigentes y el plantel de San Martín nunca pudieron entrar la cancha, por orden de la Policía, ya que el Estadio no se abrió nunca al público, estaba vacío cuando nosotros entramos para hablar con los directivos del Club El Porvenir, dentro del Estadio no había Policía sino seguridad privada. Ambas parcialidades (normales) tanto de San Martín como del Porvenir estaban sobre la avenida Mitre (ingreso al club) sin ningún tipo de problemas entre ellos y el micro de los jugadores a una cuadra sin poder ingresar al estadio, el cual estaba cerrado, solamente adentro estaban algunos dirigentes del Porvenir, los jugadores del Porvenir y los árbitros, los que nunca salieron de la zona de vestuarios.

Dentro del estadio no sucedió absolutamente nada, nunca se habilito el ingreso de la gente a la cancha, porque faltaba mucho para el inicio del partido, ni siquiera los jugadores, de San Martín pudieron entrar al estadio, se mantuvieron dentro del micro sin bajar del mismo hasta que se suspendió el mismo. Pasado más de dos horas desde este incidente, esperando nosotros para el inicio del partido, el Oficial Miguel Sánchez, a cargo de la comisaria de la zona, nos informó que el no daba garantías para el inicio del partido, por dos razones: 1. Que el partido podía terminar de noche y la cancha no tenía luz. 2. Que ellos no podían entrar a custodiar adentro de la cancha porque el Club El Porvenir no había contratado los servicios de la Policía, o sea el no podía garantizar el partido sino había sido contratado, que si hubieran contratado la Policía el partido se jugaba normalmente. Ante la suspensión del partido, nos retiramos los dirigentes que estábamos en el estadio pedimos micro de los jugadores de San Martín que volviera a nuestro Departamento, situación que sucedió sin ningún tipo de inconvenientes. Nos enteramos, en el lugar, que los de la Trafic que generaron el disturbio, son una pequeña fracción que se denominan “LOS PIBES DE LA CIUDAD” que tienen por nosotros prohibido el ingreso a los partidos, no se les vende entradas, cuando jugamos de local no pueden entrar en nuestras instalaciones, ya que son expresidiarios que no viven en San Martín, viven en el Gran Mendoza. No sabemos han en la cancha…”.

Afirman que “…Nos llamó la atención que el policía que le reclamara al vicepresidente del Porvenir, frente a todos, que para ese partido con grande como San Martín tendría que haber contratado 50 efectivos, y no jugar solamente con seguridad privada … QUERIAMOS DEJAR EN CLARO BAJO NINGUN CONCEPTO TRATO DE JUSTIFICAR LO QUE PASO CON ESTOS INADAPTADOS, EL DAÑO OCACIONAN AL FUTBOL Y NUESTRO CLUB, NO TIENE NOMBRE, pero nosotros como institución hemos hecho que nuestro alcance, hemos aplicado derecho admisión, pueden entrar en nuestras instalaciones, no fagocitamos que acompañen el equipo, pero cuando jugamos de visitante no podemos hacernos cargo de lo que hace el club local, organizador del evento, quien es el responsable del mismo. Con lo expuesto, y teniendo cuenta que organizador del evento es responsable mismo, que el club organizador El Porvenir, no contrato la Policía de la Provincia Mendoza para controlar partido, contrato seguridad privada, la que por ley no puede estar con elementos de seguridad, no puede tocar a ninguna persona y no puede actuar en calle, o sea en alrededores Estadio, vemos que se trata un acto de irresponsabilidad parte los organizadores que pusieron en riesgo la seguridad de todos los que concurrimos a un estadio de fútbol”.

Cierran el descargo expresando que “…ante esto, solicitamos se nos otorgue el partido cuestión o caso contrario se reprograme el mismo a puertas cerradas con seguridad otorgada por la Policía Mendoza. Basándonos en los dichos del comisario Miguel Sánchez en la cual manifiesta que si se hubiera contratado a la policía de Mendoza el partido se hubiese jugado sin inconvenientes…”.

Los dirigentes de San Martín ACOMPAÑAN UN AUDIO, A MODO DE PRUEBA, DE NOTA RADIAL CON EL COMISARIO MIGUEL SANCHEZ, EN DONDE EXPLICA TODO LO ANTEDICHO POR ELLOS.

Se ha verificado en los medios periodísticos de la provincia, que el martes 14 del presente mes y año, cuando los directivos de El Porvenir anunciaron a sus pares de San Martín, que podía asistir público visitante, las redes sociales de simpatizantes de este último, explotaron con amenazas de distintas facciones, por las cuales se prometieron agresiones físicas mutuas.

Previo al inicio del partido, en las inmediaciones del estadio, se producen gravísimos incidentes entre integrantes de las barras de San Martín identificadas como “Los Pibes de la Ciudad” y “Los Leones del Este”, más algunos integrantes de “Los Mandingas”, los cuales realizaron diversos disparos de armas de fuego, ocasionando heridos de balas, como así también se provocaron heridas con armas blancas, arrojando el saldo de 87 personas aprehendidas por parte del personal policial, que concurrió al lugar ante los incidentes señalados.

Que, en nota radial realizada al Jefe de la Policía Departamental de San Rafael, Comisario Inspector Miguel Sánchez -la cual se encuentra agregada a las actuaciones-, el mismo confirma los expresado en el descargo del club San Martín, en cuanto a que los directivos del club El Porvenir, no habían contratado el servicio adicional de policía, para el partido programado por el Consejo Federal, atento a que se manejaban con seguridad privada solamente dentro del estadio, lo que representa una reprochable conducta negligente de parte de la institución, ante el conocimiento previo que había en el ambiente futbolístico, sobre las referenciadas amenazas de la parcialidad visitante, más allá de la obligación reglamentaria de brindar seguridad en el estadio y en las inmediaciones del mismo.

Al respecto, el reglamento del torneo en el capítulo XII referido a la organización de los partidos, en su Art. 62 en cuanto a las responsabilidades del club local, se establece que “…La organización de todo lo inherente al partido es responsabilidad del Club que actúa como local … a) La contratación del servicio policial suficiente para mantener el orden y la seguridad tanto en las inmediaciones como en los accesos y dentro del estadio…”.

En lo que, respecto a la responsabilidad de San Martín, en el citado reglamento del torneo, en el Art. 75.2, se encuentra regulado que: … “d) De producirse incidentes provocados por … socios y/o la parcialidad de un club, en cualquiera de los dos encuentros eliminatorios que disputen una pareja de equipos y que consecuentemente tales hechos den lugar a la suspensión del encuentro por parte del árbitro, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior sancionará al club responsable con la perdida de los dos (2) encuentros eliminatorios que conforman la serie”.

Que la violencia antes, durante y una vez finalizados los partidos resulta una constante en el fútbol del interior, que no ha podido erradicarse, y, en este caso, el Tribunal variará excepcionalmente el peso punitivo a la institución cuya parcialidad fue la generadora de los disturbios y a la restante, por omitir contratar el servicio de policía exigido por la reglamentación vigente.

Que, el hecho que diera origen a la causa es sumamente grave, pues nuevamente la parcialidad de uno de clubs involucrados, confunden el aliento y apoyo a extremos de no evaluar los elementos que usan para exteriorizarlos, atentando con las vidas de las personas.

Es preciso delimitar el concepto de responsabilidad en el ámbito de la disciplina deportiva, entendiendo como tal al sistema de normas que permite imponer sanciones, por parte de órganos investidos de potestad disciplinaria, a los sujetos subordinados al ordenamiento jurídico deportivo, con fundamento en la relación especial sujeción, como consecuencia de la comisión de infracciones y mediante los procedimientos legalmente previstos en los reglamentos de aplicación.

En los espectáculos deportivos se consagra en forma inequívoca la existencia de una obligación de seguridad, de resultado, que gravita solidariamente sobre las entidades o asociaciones participantes en el espectáculo deportivo; es una responsabilidad objetiva, basada en la idea de riesgo de empresa.

Este deber de seguridad que asume el organizador del partido, obliga antes, durante y después de concluido el espectáculo a que los asistentes no sufran daños en su persona.

En ese sentido, el principio de responsabilidad objetiva adoptado por la FIFA, Conmebol y AFA, ha sido profundamente analizado por el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), estableciendo una consolidada jurisprudencia validando dicho principio.

En conclusión, a la luz de los hechos denunciados y debidamente analizados, se puede apreciar la responsabilidad de ambos clubes, uno por ser el organizador del evento, que omitió injustificadamente contratar el servicio de policía exigido reglamentariamente, y el otro por el comportamiento inapropiado de sus simpatizantes.

RESULTANDO:

Que es jurisprudencia de este Tribunal de Disciplina, que los informes elaborados por los árbitros constituyen semiplena prueba de lo que en ellos se consigna, y qué solo mediante el aporte de medios probatorios directos en contrario -que no ha ocurrido en autos-, puede desacreditarse ese valor.

Esta valoración procede del principio de autoridad, sobre el que radica el imperio que tiene la persona que a la sazón es responsable máximo de la conducción del partido, pues de otra manera no sería posible juzgar en forma sumaria, segura y acorde a los principios del deporte, un legajo deportivo.

Que, de la denuncia efectuada por el árbitro, queda acreditado y sin duda alguna, que el partido se suspendió por cuestiones atribuibles a la responsabilidad de los clubes intervinientes.

Que, los hechos denunciados son de suma gravedad, de los cuales los clubes participantes no deben hacerse los distraídos y se los debe castigar con extremo rigor legal.

Que, el artículo 80 del R.T.P. sanciona con pena de multa a la parcialidad que promueva desordenes y agresiones; asimismo es facultad del Tribunal dar por perdido el partido a los dos equipos cuando existiera culpa concurrente, ya sea por acción u omisión (art. 80 tercer apartado).

Que, así las cosas, debe darse por perdido el partido a ambos clubes y ello conlleva la pérdida de la llave eliminatoria para ambos, la que se declarará desierta y será el Consejo Federal quien registre lo dispuesto, sin que sea de aplicación en este caso lo normado por el art. 152 del R.T.P. sobre la registración de resultados, pues quedan eliminados de la clasificación ambos clubes, además, de sancionar con multa de 100 entradas generales por tres fechas a ambas instituciones.

Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,

RESUELVE:

  1. Sancionar con la pérdida del partido a ambos equipos, club Sportivo El Porvenir de San Rafael y el Atlético Club San Martín de Mendoza, y con ello determinar la pérdida de la llave eliminatoria para las citadas instituciones, sin que sea de aplicación en este caso lo normado por el art. 152 del R.T.P. sobre la registración de resultados, atento a quedar eliminados de la clasificación (Arts. 32, 33, 80 y 287 in 1º del R.T.P., y Arts. 62 y 75-2-d del Reglamento del Torneo Regional Federal Amateur 2021/22).
  2. Sancionar con multa al club Sportivo El Porvenir de San Rafael y el Atlético Club San Martín de Mendoza, de 100 entradas generales por tres fechas (Arts. 32, 33, 80 y 287 inc. 1º del R.T.P.).
  3. Comuníquese lo aquí resuelto el Consejo Federal del Fútbol, a los fines que estime corresponder para la conformación de la continuidad del torneo Regional Federal Amateur (Arts. 32 y 33 del R.T.P.).
  4. Comuníquese, publíquese y archívese.

Por Roberto Bravo.

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